
¿Si un residente no quiere pagar los gastos comunes?
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Si mantiene tres o más cuotas continuas o discontinuas de gastos comunes se puede suspender el servicio eléctrico previa autorización del comité de administración del edificio.
Se puede acudir a un Tribunal competente, es decir el juez de letras respectivo, para que aplique el procedimiento que corresponde al Artículo 434 y posteriores del código de procedimiento civil dentro del cual se establece el embargo y posterior remate de la unidad.
Los avisos de gastos comunes tendrán mérito ejecutivo para el cobro de los mismos, debe estar firmados por el administrador.
Es necesario realizar la notificación de la demanda.